• Información general


    Esta sección requiere completar datos personales, información de género, identidad étnico-racial, carné de salud laboral, certificado de aptitud médico-deportiva y aclarar si es una persona víctima de delitos violentos.

    Es importante completar los campos resaltados en color lila para finalizar el currículum. En la primera pestaña del formulario se encuentra precargado el nombre y documento de identidad del usuario. El usuario debe indicar la fecha de vencimiento de su Documento de Identidad y cargar un archivo en PDF dando clic en “Suba su archivo” (Ver Subir el archivo PDF) .

    • Imagen de identidad:  CV Digital tiene la opción, en el marco superior derecho, de cargar una fotografía personal.  Hacer clic en el botón “Editar” para subir la imagen, esta debe ser menor a 10MB.
    • Datos personales: debe completar con su información patronímica.
    • Identidad Étnica y Genero:  identificar género, en el caso que no se identifique con ninguna, hacer clic en seleccionar “Otra” y el usuario tendrá la opción de identificarla. Además, en la sección étnico racial , puede elegir más de una identidad y especificar con cuál se identifica más.

    Hay secciones con información sensible que el usuario puede elegir si desea incluir en la versión impresa de su CV. Si no marca esta opción, la información será utilizada por la Administración Pública únicamente con fines estadísticos y por el Tribunal de Concurso o la unidad de Gestión Humana del organismo contratante, de manera confidencial. En caso de marcar esta opción, la información sensible será visible en la versión impresa de su CV y podrá ser compartida.

    La información sensible se encuentra en las secciones de información general y discapacidad, en ambos casos podrá marcar la opción aceptando o no.

    • Si se identifica como persona afrodescendiente , declara y desea quedar comprendido dentro de los beneficios de la Ley N.º 19.122 y lo establecido en el Decreto 144/014, se solicita marcar este campo.
    • Persona Victima de Delitos Violentos, el artículo 105 de la Ley N.º 19.889 de 9 de julio de 2020, establece la obligación de destinar el 2% de las vacantes a ser llenadas en el año para víctimas de delitos violentos siempre que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo y cumplan con los requisitos legales y constitucionales, previo llamado a concurso.


     

    Cualquier consulta comunicarse al correo electrónico: mesa.servicios@onsc.gub.uy